Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 636/2002-R
Fecha: 03-Jun-2002
(fs. 76)
3. Que, el 12 de marzo el Fiscal recurrido requiere porque se instruya sumario penal en contra del representado por la supuesta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado indicando que no se tiene la declaración informativa del querellado debido a que no pudo ser habido (fs. 76).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- (fs. 163-164)
- procedente
- (fs. 183),
- cuyos obrados forman parte del proceso penal-, se evidencia la existencia de un poder donde señala expresamente el domicilio del representado en calle Ballivián Nº 228 de la ciudad de Montero
- 2 de marzo de 2001
- (fs. 76)
- (fs. 78)
- (fs. 90)
- (fs. 104, 106)
- (Fs. 116 vta.)
- (fs. 132)
- (fs. 148)
- (fs. 70 y vta.)
- (fs. 69 vta.)
- (fs. 101)
- (125)
- POR TANTO: