Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 636/2002-R
Fecha: 03-Jun-2002
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Sentencia de 4 de abril de 2002, saliente a fs. 169 a 170 de obrados, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz dentro del Recurso Hábeas Corpus planteado por José Antonio Valdivia Monje, en representación sin mandato de David Heredia Hurtado contra Carlos Rudy Parada Soleto, Fiscal, Miriam Durán Ribera, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal (Liquidadora) y Adolfo Rueda Artunduaga, Juez Tercero de Partido en lo Penal (Liquidador), sus antecedentes, y
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- (fs. 163-164)
- procedente
- (fs. 183),
- cuyos obrados forman parte del proceso penal-, se evidencia la existencia de un poder donde señala expresamente el domicilio del representado en calle Ballivián Nº 228 de la ciudad de Montero
- 2 de marzo de 2001
- (fs. 76)
- (fs. 78)
- (fs. 90)
- (fs. 104, 106)
- (Fs. 116 vta.)
- (fs. 132)
- (fs. 148)
- (fs. 70 y vta.)
- (fs. 69 vta.)
- (fs. 101)
- (125)
- POR TANTO: