SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2003

Fecha: 15-Jul-2002

habilitando firmas en cuentas bancarias pertenecientes a un Gobierno Municipal

Que, en consecuencia, a la Jurisdicción Constitucional en el caso presente, sólo le concierne determinar si la recurrida al dictar la Resolución demandada de nulidad, actuaron o no con jurisdicción y competencia, de manera que no es posible analizar otros fundamentos planteados como relevantes por las recurrentes como también por el órgano generador de la Resolución impugnada, tales como dilucidar quién es el legítimo Alcalde Municipal de Palca y si corresponde o no el procesamiento de cierta Concejal, de manera que este fallo sólo se circunscribirá a establecer, luego del estudio de las normas legales pertinentes y la Resolución impugnada, a resolver si el Senado tiene atribuciones para haberla dictado habilitando firmas en cuentas bancarias pertenecientes a un Gobierno Municipal.