Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2003
Fecha: 15-Jul-2002
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, las recurrentes consideran que la Cámara de Senadores, ha actuado sin competencia al dictar la Resolución cuya nulidad demandan, puesto que su potestad fiscalizadora a los gobiernos municipales, no alcanza a disponer la habilitación de firmas de Valentín Gonzáles España, considerándolo como Alcalde Municipal de Palca, pues quien tiene dicho cargo actualmente es Elizabeth Calisaya Molina. En consecuencia corresponde compulsar si tales actos se subsumen en los presupuestos previstos en los arts. 31 CPE y 79-I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), a fin de declarar nula o no la resolución judicial impugnada.
- Elizabeth Calizaya Molina, Alcaldesa Municipal de Palca y Sofía Quispe Cussi, Concejala Secretaria del Concejo Municipal de Palca
- I.1.1 Relación Sintética de los hechos que motivan el recurso
- contra Mirtha Quevedo Acalinovic, Presidenta de la Cámara de Senadores
- I.2 Admisión y citaciones
- (fs. 784-788)
- II.1
- II. 2
- III.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- habilitando firmas en cuentas bancarias pertenecientes a un Gobierno Municipal
- III.4
- dichas Comisiones son órganos también de fiscalización.
- III.5
- III.6
- La autonomía municipal consiste en la potestad normativa, fiscalizadora ejecutiva, administrativa y técnica ejercida por el Gobierno Municipal en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias establecidas por Ley
- III.7
- “Primero.
- “Tercero.
- III.8
- III.9
- III.10