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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2003

    Fecha: 15-Jul-2002

    “Tercero.

    “Tercero. Comunicar esta Resolución al Gobierno Municipal interesado, al Comité de Vigilancia, a las Organizaciones Territoriales de Base, al Ministerio de Hacienda y al Viceministerio de Participación Popular, a fin de que se continúe con el proceso que garantice el cumplimiento de la presente resolución, de acuerdo a la Legislación vigente.” (fs. 224).

    • Elizabeth Calizaya Molina, Alcaldesa Municipal de Palca y Sofía Quispe Cussi, Concejala Secretaria del Concejo Municipal de Palca
    • I.1.1 Relación Sintética de los hechos que motivan el recurso
    • contra Mirtha Quevedo Acalinovic, Presidenta de la Cámara de Senadores
    • I.2 Admisión y citaciones
    • (fs. 784-788)
    • II.1
    • II. 2
    • III.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • habilitando firmas en cuentas bancarias pertenecientes a un Gobierno Municipal
    • III.4
    • dichas Comisiones son órganos también de fiscalización.
    • III.5
    • III.6
    • La autonomía municipal consiste en la potestad normativa, fiscalizadora ejecutiva, administrativa y técnica ejercida por el Gobierno Municipal en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias establecidas por Ley
    • III.7
    • “Primero.
    • “Tercero.
    • III.8
    • III.9
    • III.10

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