SENTENCIA CONSTITUCIONAL 74/2002
Fecha: 16-Ago-2002
I.1
I.1 En el escrito presentado el 2 de agosto, los Fiscales Jaime García Meruvia, Gualberto Villarroel Román y César Cartagena Miranda denuncian el incumplimiento de la SC 764/2002-R, por parte de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en virtud a que los vocales dictaron el proveído de 29 de julio del año en curso, ordenando a la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, Vivian Enríquez Monasterios, la remisión del proceso investigativo, en el día, al Juzgado Primero de Instrucción de la misma materia, a fin de que esa autoridad realice nueva conminatoria y a la vez resuelva la excepción de incompetencia que no fue considerada por el Tribunal Constitucional.
- José Manrique Maidana, en representación de Francisco Javier Santiago Arana Bustillos
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- (fs. 69)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- principio de celeridad procesal
- Juez
- III.4.
- Jorge Iriarte Sánchez y Rodolfo Antelo Garrido en representación sin mandato de Daniel Alejandro Doering Villarroel y Antonio Spagnuolo Sánchez contra Vivian Enríquez Monasterios, Jueza Cautelar.
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- si bien es evidente la dilación innecesaria en el cumplimiento de la SC 764/2002-R por parte del Tribunal de hábeas corpus
- POR TANTO: