Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 74/2002
Fecha: 16-Ago-2002
I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
El recurrente interpone recurso directo de nulidad contra Guillermo Arancibia López, Kenny Prieto Melgarejo, Armando Villafuerte Claros, Héctor Sandoval Parada, Emilse Ardaya Gutiérrez y Eduardo Rodríguez Veltze, Ministros de la Corte Suprema de Justicia y pide que el recurso sea declarado fundado declarándose la nulidad del Auto Supremo impugnado y dejando sin efecto legal alguno la Resolución 109/97 de 26 de junio dictada por la Corte Nacional Electoral de Bolivia, dándose por reconocido su derecho ciudadano a ejercer la función pública en el Poder Legislativo como diputado uninominal de la república, reparando así el derecho que obtuvo a través del voto popular.
- José Manrique Maidana, en representación de Francisco Javier Santiago Arana Bustillos
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- (fs. 69)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- principio de celeridad procesal
- Juez
- III.4.
- Jorge Iriarte Sánchez y Rodolfo Antelo Garrido en representación sin mandato de Daniel Alejandro Doering Villarroel y Antonio Spagnuolo Sánchez contra Vivian Enríquez Monasterios, Jueza Cautelar.
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- si bien es evidente la dilación innecesaria en el cumplimiento de la SC 764/2002-R por parte del Tribunal de hábeas corpus
- POR TANTO: