SENTENCIA CONSTITUCIONAL 980/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 980/2002-R

Fecha: 16-Ago-2002

III.13.

III.13. Que, finalmente, el recurrente no agotó las vías que tenía a su alcance para demandar el respeto de los derechos que estima lesionados, pues solamente acudió ante el Consejo Facultativo de la Facultad de Ciencias Económicas, Financieras y Administrativas de la U.T.O., y  remitió una sola carta al Rector de la Universidad en 17 de julio de 2000, sin que haya insistido en sus reclamos ni los haya presentado ante el Consejo Universitario, que constituye la máxima instancia de dicha Casa de Estudios Superiores, motivo que refrenda la improcedencia del presente amparo, al no ser este recurso sustitutivo de otros.