SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1100/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1100/2002 - R

Fecha: 13-Sep-2002

II.1

II.1    Que, en la querella presentada el 9 de febrero de 2000, contra la recurrente por el delito de giro de cheque en descubierto, se señala su domicilio “en el Barrio Santa Rosita, calle s/n de esta ciudad”, empero la interpelación para que pague a tercero día se la efectuó por edicto (fs. 2, 3 y 4). Sin embargo, en el Auto de Enjuiciamiento Penal, el recurrido ordena se libre mandamiento de comparendo, en el cual cursa diligencia sin especificar domicilio alguno, que la recurrente fue notificada personalmente pero rehusó firmar (fs. 6, 10).