SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1100/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1100/2002 - R

Fecha: 13-Sep-2002

III.1

III.1    Que, la recurrente presenta su demanda acusando la vulneración del derecho al debido proceso previsto en el art. 16 CPE,  con el argumento de que el recurrido dispuso que se la cite por edicto para la audiencia de su declaración confesoria, no obstante que tenía su domicilio señalado en el proceso y, con ese vicio procesal, continuó su juzgamiento condenándola finalmente. Que al margen de ello, sin tener competencia libró el mandamiento de condena y asumiendo competencia que no tiene ordenó su ejecución, pese a que según la nueva normativa procesal penal, es otra la autoridad competente para tal efecto, de modo que corresponde dilucidar si tales extremos son ciertos y si ameritan la protección que otorga el hábeas corpus planteado.