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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2003- R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2003- R

    Fecha: 24-Nov-2003

    a)

    Igualmente se dio lectura al informe de la Jueza Sexta de Partido en lo Penal Liquidadora cursante a fs. 106 en el que alegó: a) que no le corresponde pronunciarse en lo relacionado al desarrollo del sumario y b) que en segunda instancia el defensor de oficio se apersonó y fundamentó la apelación y que su autoridad sólo tramitó dicho recurso de acuerdo a procedimiento.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1
    • (fs. 104-105)
    • a)
    • procedente
    • II.1
    • II.1.1
    • II.1.2
    • II.2
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.5
    • III.6
    • APRUEBA

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