SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2003- R
Fecha: 24-Nov-2003
II.1
II.1 En “cumplimiento a lo dispuesto en el art. 2. inc. 45 de la Ley 1768 de 10 de marzo de 1997 de Modificaciones del Código Penal” por carta notariada suscrita por Luis Fernando Rivero L., el representado del recurrente fue notificado personalmente a fin de que cubra en el plazo legal el cheque N° 328818 por $US25.000.- (fs. 5), pero al no haber pagado el importe, Luis Fernando Rivero, en representación legal de la Estación de Servicios Guaracachi S.R.L. presentó querella el 7 de abril de 1999 y sin citar domicilio del querellado solicitó mandamiento de aprehensión en su contra (fs. 7-8), que fue ordenado por Auto de 10 del mismo mes y año, a fin de que el representado preste su declaración indagatoria (fs. 9).