SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2003- R
Fecha: 24-Nov-2003
II.1.1
II.1.1 Emitido el mandamiento, fue informado en sentido de que “al parecer” el querellado al haberse enterado del mandamiento se escondía “maliciosamente en el interior de su domicilio”, pero no se cita la ubicación de éste. Debido a ese informe, se emitió un nuevo mandamiento con facultad de allanamiento de domicilio sin señalar dirección alguna, pero éste también fue representado en sentido de que se constituyó en su domicilio y en los lugares que comúnmente frecuentaba el querellado, pero se les indicó que se encontraba viviendo en el Departamento del Beni. Este informe, dio lugar a que el querellante solicitara orden instruida para la localidad de Guayaramerín del citado Departamento (fs. 11, 12 y vta., 13, 14, 15).