SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2003- R
Fecha: 24-Nov-2003
III.3
III.3 En el caso planteado, es vinculante esta última sentencia citada que sienta la regla sobre la indefensión, puesto que el recurrente ha demostrado que su representado no fue buscado en una dirección específica cuando se emitió mandamiento de aprehensión, luego cuando se ordenó su citación con mandamiento de comparendo mediante orden instruida a la ciudad de Guayaramerín en el Departamento del Beni, ésta no fue debidamente diligenciada por ninguna autoridad que acreditara que allí no fue encontrado el representado, y pese a ello y a que la misma Jueza instructora recurrida, ordenó en principio que se informara la orden, ante la insistencia de que se notificara por edicto, dio curso a este petitorio incurriendo en el primer vicio procesal constitutivo de lesión a los derechos citados por el recurrente, pues al haberse representado el mandamiento de comparendo en sentido de que el encausado -ahora representado-, vivía en la citada ciudad, la Jueza recurrida debió exigir que la orden instruida cumpla su cometido en sentido negativo o positivo, pero no lo hizo y directamente ordenó la citación por edicto cuando no se tenía certeza de que el representado no tenía domicilio o paradero conocido.
La duda sobre el desconocimiento del domicilio o paradero del encausado salió a la vista, cuando la misma Jueza instructora en ejecución de sentencia fue informada casi en forma idéntica de que el encausado no pudo ser habido en cierto domicilio, el cual tampoco se señalaba, empero fue identificado plenamente por la parte querellante a tiempo de solicitar el mandamiento de condena con facultad de allanamiento, siendo en este momento, cuando la Jueza instructora debió buscar los mecanismos procesales correspondientes para hacer sanear los vicios procedimentales en que incurrió por su negligencia, emergente de no haber observado estrictamente no sólo las normas procesales adjetivas sino también los derechos y garantías fundamentales reconocidas por la Constitución a todo procesado.