SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2003- R

Fecha: 24-Nov-2003

II.3

II.3     El 4 de junio de 2002, la recurrida Jueza Instructora Novena en lo Penal Liquidadora dictó sentencia condenando al representado del  recurrente a 3 años y 6 meses de reclusión por la comisión del delito citado, contra la que el defensor de oficio presentó apelación que la fundamentó en sentido de que la parte civil no aportó prueba suficiente ni el juzgador la solicitó, que no se tomaron sus antecedentes y se impuso la pena máxima y tampoco se valoró su personalidad, empero la sentencia fue confirmada por la co-recurrida Jueza Sexta de Partido en lo Penal, quien también declaró la ejecutoria de la misma (fs. 47- 49, 72, 77) y devolvió los antecedentes al juzgado de la co-recurrida donde la parte civil solicitó el mandamiento de condena, que fue informado en sentido de que el representado se “esconde maliciosamente en el interior del domicilio donde se lo ha ubicado”, por lo que se expidió otro con facultad de allanamiento a cuyo efecto el querellante señaló “como domicilio del imputado a ser allanado el ubicado en la calle Acre N° 200” de la ciudad de Santa Cruz (fs. 80, 82 y vta., 84)