Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1712/2003 - R
Fecha: 24-Nov-2003
II.1.1
II.1.1 Que ante ese certificado, presentó recurso de queja (fs. 23 a 25), y posteriormente, el 25 de mayo de 2001, solicitó autorización de construcción con padrón H3C, solicitud que también fue presentada por varios vecinos de la calle República Dominicana (fs. 28 y 45), habiendo el Concejo Municipal, el 22 de enero de 2002, emitido la minuta de comunicación 15, instruyendo al Alcalde, para elaborar un análisis técnico de la zona de Miraflores, sector Hospital Materno Infantil para evaluar la posibilidad de realizar el cambio de norma H3-3 (residencial) a H3-C (comercial), por compensación de la afectación pasiva del ancho de la vía de 12 m a 15 m como muestran los planos Mark Hurt (fs. 47).
- recurso de amparo constitucional
- debido a que las obras que estaba realizando fueron paralizadas mediante un proceso administrativo, donde se determinó que la vía debía tener un ancho de 15 m y no 12 m
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- II.1
- II.1.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.1
- III.2.2
- III.2.3
- III.2.4
- III.2.5
- III.3
- III.4
- APRUEBA