SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0440/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0440/2003- R

Fecha: 08-Abr-2003

II.4

II.4     El 15 de octubre de 2002, el recurrente solicitó el beneficio de pre-libertad ante el Juez de Ejecución Penal y Supervisión, pero éste, por decreto del día siguiente, proveyó declarándose sin competencia por lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera de la “Ley 26715 de 26 de julio de 2002” (sic) y que el recurrente debía realizar el trámite fijado por la Ley anterior y sus respectivos reglamentos (fs. 6-7 y vta.). Ante ello, el recurrente se dirigió a las recurridas, pero éstas, por carta de 22 de noviembre de 2002, respondieron a su solicitud con los argumentos expuestos en su informe (fs. 1).