SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0440/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0440/2003- R

Fecha: 08-Abr-2003

III.7.

III.7.     Que, conforme a lo analizado,  las autoridades recurridas no cometieron actos ilegales ni violaron  los derechos a la seguridad jurídica,  a la petición ni al debido proceso, así como tampoco vulneraron los principios de irretroactividad de las disposiciones desfavorables y jerarquía normativa; dado que, al responder al recurrente que quien tenía competencia para conocer y resolver su petitorio era el Juez de ejecución penal, actuaron conforme a derecho,  de acuerdo a lo precisado en los puntos III.4, III.5 y III.6 de esta Sentencia; por lo que no han violado los derechos invocados por el recurrente.

Que, el Juez de ejecución penal no ha sido demandado dentro del recurso, por lo que no es posible analizar su conducta por carecer de legitimación pasiva que, como lo ha señalado la jurisprudencia de este Tribunal, es  "[...] el vinculo que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos reclamados y aquella contra quien se dirige la acción".