SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0440/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0440/2003- R

Fecha: 08-Abr-2003

la mitad más un día de su condena

Entre los requisitos para acceder al beneficio, el Reglamento señalaba que el interno debía haber cumplido la mitad más un día de su condena, haber sido evaluado y clasificado por la Central de Observación y Clasificación dentro del primer y segundo periodo del Sistema Progresivo, respectivamente, demostrando estar apto para clasificar al tercer periodo;  asimismo, se establecían limitaciones por el delito cometido.  En este sentido, los internos condenados por delitos de violación agravada, en el marco de la RM  2809 estuvieron excluidos del beneficio; sin embargo la Resolución Ministerial Nº 2882 de 12 de diciembre de 1997, modificó el artículo segundo de la RM 2809, de la siguiente manera: