Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0617/2003-R
Fecha: 02-May-2003
1.3. Trámite procesal en el Tribunal.
Que en uso de la facultad reconocida por el art. 2 de la Ley 1979, de 24 de mayo de 1999, este Tribunal por Acuerdo Jurisdiccional 40/2003, de 17 de abril, resolvió ampliar el plazo procesal por la mitad del término principal (fs. 632), siendo su nuevo vencimiento en 2 de mayo 2003; por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso
- a)
- improcedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- falta de fuerza coactiva e inhabilidad de título
- III.1.
- III.2.
- Auto de 02 de agosto de 2000
- Auto de 11 de agosto de 2000
- 05 de junio de 2002
- seis meses