SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0617/2003-R
Fecha: 02-May-2003
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior, en ausencia del representante del Ministerio Público, pronunció la Resolución de 29 de enero de 2003, que corre a fojas 626-628, que declara improcedente el recurso, con multa, con estos fundamentos: a) el recurrente no apeló del Auto de 07 de junio de 2000 que establece que el recurrente queda como fiador, en consecuencia no agotó los recursos ordinarios que tuvo lugar en su tiempo y b) el auto que niega el pedido del recurrente de conclusión del proceso es de 02 de agosto de 2000, planteándose el presente amparo el 24 de enero de 2003, sin que exista la inmediatez que se requiere para la admisión de los recursos de amparo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso
- a)
- improcedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- falta de fuerza coactiva e inhabilidad de título
- III.1.
- III.2.
- Auto de 02 de agosto de 2000
- Auto de 11 de agosto de 2000
- 05 de junio de 2002
- seis meses