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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0617/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0617/2003-R

    Fecha: 02-May-2003

    II.5.

    II.5. Que, contra la providencia de 29 de octubre de 1999 -por la que se declara ejecutoriado el Auto de 02 de octubre de 1999- (fs. 410 vta.), el recurrente plantea recurso de apelación (fs. 412-415), que es resuelto por Auto de Vista de 2 de mayo de 2000, por el cual se “confirma la sentencia apelada, con la aclaración que los efectos de la sentencia favorecen también a los coactivados Omni Electronic S.R.L. y Raúl Contreras Suárez” (fs. 476).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso
    • a)
    • improcedente
    • 1.3. Trámite procesal en el Tribunal.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • falta de fuerza coactiva e inhabilidad de título
    • III.1.
    • III.2.
    • Auto de 02 de agosto de 2000
    • Auto de 11 de agosto de 2000
    • 05 de junio de 2002
    • seis meses

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