Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0617/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0617/2003-R

    Fecha: 02-May-2003

    II.7.

    II.7. Que, devuelto el expediente al Juzgado de origen, el recurrente solicita declarar concluido el proceso coactivo y el archivo de obrados (fs. 486); el Juez recurrido dicta el Auto de 2 de agosto de 2000 que determina no ser procedente la conclusión de la acción coactiva a favor de Omni Electronic y Raúl Contreras (fs. 487); Auto con el que se notifica al recurrente el 03 del mismo mes y año (fs. 488), no habiéndose planteado recurso alguno.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso
    • a)
    • improcedente
    • 1.3. Trámite procesal en el Tribunal.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • falta de fuerza coactiva e inhabilidad de título
    • III.1.
    • III.2.
    • Auto de 02 de agosto de 2000
    • Auto de 11 de agosto de 2000
    • 05 de junio de 2002
    • seis meses

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca