SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0676/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0676/2003- R

Fecha: 20-May-2003

III.5

III.5   Que, sin embargo cabe aclarar que sobre la actuación del Fiscal fuera de su jurisdicción, no es evidente lo denunciado, pues dada la indivisibilidad del Ministerio Público prevista en el  art. 4 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), que está regido bajo el principio de Unidad  del Ministerio Público, los fiscales  tienen atribuciones para  operar en todo el territorio de la República, sin que por ello se pueda alegar la falta de jurisdicción y competencia.