Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0676/2003- R
Fecha: 20-May-2003
III.6
III.6 Que, en cuanto al Juez recurrido, su actuación también ha sido irregular y lesiva de los derechos fundamentales citados por el recurrente, puesto que previo a acceder al requerimiento del Fiscal, y ordenar el allanamiento y aprehensión de los imputados, tenía la obligación como contralor de la legalidad, de evidenciar el cumplimiento de la Ley en etapa investigativa, conforme a lo previsto por el art. 54-1) del CPP, y no dar curso simplemente a lo requerido por el Fiscal, cuando era evidente que las cédulas de comparendo estaban viciadas de nulidad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Álvaro Melgarejo Escalante, Juez Sexto de Instrucción en lo Penal y René Arzabe, Fiscal Adscrito a la División delitos contra la corrupción pública
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2.
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- y por cualquier medio legal de comunicación que asegure su recepción
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- III.8
- APRUEBA