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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0771/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0771/2003-R

    Fecha: 06-Jun-2003

    e)

    e)       La Superintendencia debió de proceder a aprobar la OBI conforme a su contenido, sin modificar dicha propuesta y peor aún si la aprobación la hizo afectando los intereses de la parte ofertante y de los restantes operadores, como es el caso de COTAS Ltda., o en su caso simplemente rechazar la oferta propuesta.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • dos conceptos básicos diferentes (llamada y servicio de interconexión
    • 1.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso.
    • trasladar ilegítimamente la competencia de revisión del acto administrativo al amparo constitucional
    • ,
    • procedente
    • a)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • f)
    • g)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal
    • II.1
    • II.4
    • II.5
    • II.6
    • II.7
    • II.8.1
    • II.8.2
    • II.8.3 “
    • II.8.4 “
    • II.9.1
    • II.9.4
    • obligó a COTAS Ltda. a eliminar el cobro de la llamada autorizada por la Ley 2342, bajo el argumento de estar incluido en los cargos de interconexión, siendo que ambas cosas son diferentes
    • III.1 Sobre la supuesta judicialización indebida de los actos  administrativos regulatorios.-
    • Que la autorización de realizar el citado cobro, emitida a favor de los operadores del servicio local
    • III.2            Sobre el carácter subsidiario del amparo y su excepción.
    • REVOCAR

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