Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1076/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Dirige el amparo constitucional contra Carlos Jaime Villarroel Ferrer y Jorge Torrico Arguedas, Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Distrito Judicial de La Paz, pidiendo su procedencia, por ende, su traslado del Centro Penitenciario Femenino de Miraflores de la ciudad de La Paz, al Centro de Rehabilitación de “Palmasola” de Santa Cruz, bajo conminatoria de ser procesados como reos de atentados contra los derechos y garantías constitucionales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.2.-
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Fines de la sanción penal
- predomina el criterio retributivo
- fortalecimiento de las relaciones familiares
- respetando la dignidad humana
- Fragmento 15
- II.2.
- a. Garantía jurisdiccional (nulla poena sine juditio);
- b. Garantía de ejecución;
- III.1 Sobre el principio general de irretroactividad de la ley.-
- III.2 El principio de favorabilidad, como excepción al principio de irretroactividad de la ley penal y sus alcances.-
- Fragmento 21
- 2.
- III. 3
- III.4.
- si bien
- III.1
- procedencia
- APROBAR