Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1076/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
II.3.
II.3. Por Resolución 156/2002, de 9 de diciembre, la Jueza Primera de Ejecución Penal, Ancelma N. Lafuente Mendoza, concedió el traslado solicitado por Peregrina Román Soleto, al haber demostrado que su núcleo familiar reside en Santa Cruz, ordenando se libre exhorto al Juez de Ejecución Penal de Santa Cruz, así como al Director de la Penitenciaría de “Palmasola”, sección mujeres (fs. 4-6).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.2.-
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Fines de la sanción penal
- predomina el criterio retributivo
- fortalecimiento de las relaciones familiares
- respetando la dignidad humana
- Fragmento 15
- II.2.
- a. Garantía jurisdiccional (nulla poena sine juditio);
- b. Garantía de ejecución;
- III.1 Sobre el principio general de irretroactividad de la ley.-
- III.2 El principio de favorabilidad, como excepción al principio de irretroactividad de la ley penal y sus alcances.-
- Fragmento 21
- 2.
- III. 3
- III.4.
- si bien
- III.1
- procedencia
- APROBAR