SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1076/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1076/2003-R

Fecha: 29-Jul-2003

II.4.

II.4.     Apelada la Resolución anterior, la Sala Penal Tercera mediante Auto de Vista 19/2003 de 4 de febrero (fs. 7-8), revocó la misma, disponiendo que la representada de la recurrente continúe cumpliendo su sentencia en el Centro de Orientación Femenina de “Miraflores”, con los siguientes fundamentos:  1) del certificado de permanencia se “infiere  que la interna Peregrina Román Soleto a la fecha cumplió recién 8 años y 3 meses de su condena de 30 años, vale decir no llegó al cincuenta por ciento de la misma”, por lo que su traslado sería prematuro; 2) ante la inseguridad del penal de “Palmasola” se pondría en riesgo el cumplimiento de la condena que se impuso a la solicitante; c) en una oportunidad anterior, la Sala Penal Primera revocó la resolución dictada por el Juez Primero de Ejecución Penal que concedía el traslado de Peregrina Román Soleto, con los mismos fundamentos que la presente.