Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El recurrente mediante este hábeas corpus cuestiona el hecho de que fue acusado por el Ministerio Público sin haber tenido la oportunidad de asumir defensa, ante la imputación formal por la supuesta comisión de delitos aduaneros presentada en su cont
Fecha: 27-Ago-2003
II.1
II.1 En 22 de julio de 2002 (fs. 1-21), el Fiscal de Materia adscrito a la Aduana Nacional Gastón Mostajo Tardío, presentó acusación formal contra Firmo Nelson Soruco Lizarraga, el recurrente y otros, por la supuesta comisión de los delitos de contrabando, asociación delictuosa y otros, causa que se radicó en el Tribunal Primero de Sentencia el 25 de julio de 2002 (fs. 22).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- “El proceso consiste en una progresiva y continuada secuencia de actos
- 2)
- proceso penal se inicia
- el cómputo de los seis meses previstos por el art. 134 CPP para el desarrollo de la Etapa Preparatoria, empieza a partir de que el Juez cautelar pone en conocimiento del encausado la imputación formal, siendo éste el actuado jurisdiccional que marca el inicio del proceso penal
- III.2
- III.3
- III.4
- ordenando su aprehensión.
- III.5
- III.6
- III.7
- 1º REVOCAR en parte