El recurrente mediante este hábeas corpus cuestiona el hecho de que fue acusado por el Ministerio Público sin haber tenido la oportunidad de asumir defensa, ante la imputación formal por la supuesta comisión de delitos aduaneros presentada en su cont
Fecha: 27-Ago-2003
III.5
III.5 Mientras se realizaban estas actuaciones, los vocales de la Sala Penal, resolvieron la apelación interpuesta contra la resolución que anuló obrados, a través del Auto de Vista de 14 de marzo de 2003, que revocó el Auto impugnado con relación a los otros co-imputados disponiendo respecto al recurrente se proceda a notificarlo con la imputación formal y a recibir su declaración, y la continuación del proceso con relación a los otros imputados a efecto de no dilatar el proceso, fallo en cuyo cumplimiento el Tribunal de Sentencia, entendiendo que la revocatoria no aclaraba la exclusión del recurrente, sino que disponía la prosecución del juicio al no haber sido notificado con las acusaciones (fiscal y particular), dispuso dicha notificación mediante edictos.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- “El proceso consiste en una progresiva y continuada secuencia de actos
- 2)
- proceso penal se inicia
- el cómputo de los seis meses previstos por el art. 134 CPP para el desarrollo de la Etapa Preparatoria, empieza a partir de que el Juez cautelar pone en conocimiento del encausado la imputación formal, siendo éste el actuado jurisdiccional que marca el inicio del proceso penal
- III.2
- III.3
- III.4
- ordenando su aprehensión.
- III.5
- III.6
- III.7
- 1º REVOCAR en parte