SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1413/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1413/2003-R

Fecha: 26-Sep-2003

. Sin embargo, si la autoridad pública considera que ese acto se debe anular, no podrá tomar acciones de hecho (como lo hizo la autoridad recurrida), sino que existe todo un procedimiento de derecho a través del cual deberá demostrar su ilegalidad. Caso contrario, incurre en una arbitrariedad y discrecionalidad que lleva a la jurisdicción constitucional a proteger y tutelar al funcionario público de carrera

Que, si se emite una convocatoria y se realiza todo un procedimiento para obtener un ganador en un examen de competencia y concurso de méritos, se presume la legalidad de esa actuación. Sin embargo, si la autoridad pública considera que ese acto se debe anular, no podrá tomar acciones de hecho (como lo hizo la autoridad recurrida), sino que existe todo un procedimiento de derecho a través del cual deberá demostrar su ilegalidad. Caso contrario, incurre en una arbitrariedad y discrecionalidad que lleva a la jurisdicción constitucional a proteger y tutelar al funcionario público de carrera (como es el recurrente), por los abusos de los actos del poder oficial”.

En la especie, dentro de un proceso de institucionalización de cargos públicos, la Dirección del Servicio Departamental de Salud y el Comité de Institucionalización dentro del proceso de descentralización en el marco del DS 25233, convocó a un concurso de méritos y examen de competencia, para optar el cargo de Odontólogo de Base en los Distritos Urbano y Rural de Cochabamba, cargo que las recurrentes obtuvieron al haber sido declaradas ganadoras de dicho concurso con relación a los Hospitales de Tarata y Tiquipaya, lo que significa que se encuentran dentro del ámbito de protección que brindan los arts. 7.2), 17. 2), 40.4) y 41 del Estatuto del Médico Empleado, según los cuales se establece la inamovilidad del cargo, no pudiendo el médico empleado ser destituido sin previo sumario o proceso administrativo disciplinario interno, en el que se compruebe haber transgredido normas de comportamiento o realizado acciones contrarias a la Ley.