SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1413/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las recurrentes denuncian la vulneración de sus derechos a la dignidad humana, a la seguridad jurídica, al trabajo, a percibir una remuneración justa, a participar en la función pública, a la carrera administrativa y al debido proceso, bajo el argumento de que no obstante haber optado a los cargos de Odontólogas en los Hospitales de Tiquipaya y Tarata, mediante concurso de méritos y examen de competencia interno, el recurrido contraviniendo el régimen jurídico previsto y regulado para los servidores públicos del Servicio de Salud Pública y sin respaldo legal alguno, expidió memorandos de retiro o destitución el 10 de febrero de 2003; por lo que corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales conforme se tiene denunciado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- ,
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 8
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- puesto que si bien el recurrente interpuso anteriormente otro Recurso de Amparo, en el primero no se entró a considerar el fondo, pues mediante SC No. 2067/01-R
- Fragmento 20
- III.2. Respecto a los derechos supuestamente vulnerados.
- . Sin embargo, si la autoridad pública considera que ese acto se debe anular, no podrá tomar acciones de hecho (como lo hizo la autoridad recurrida), sino que existe todo un procedimiento de derecho a través del cual deberá demostrar su ilegalidad. Caso contrario, incurre en una arbitrariedad y discrecionalidad que lleva a la jurisdicción constitucional a proteger y tutelar al funcionario público de carrera
- es decir la RA, se emitió cuatro días antes de haber sido aprobada