SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1413/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1413/2003-R

Fecha: 26-Sep-2003

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 1 de julio de 2003, cursante de fs. 112 a 120, las recurrentes aseveran que luego de participar en el concurso de méritos y examen de competencia interno institucional de promoción, para optar los cargos de Odontóloga Base en el Hospital Tiquipaya, Distrito V y en el Hospital Tarata, Distrito XIII respectivamente, el Tribunal calificador, en fecha 29 de agosto de 2003,  las declaró ganadoras en los mencionados cargos y no obstante ese resultado, el ex Director del SEDES omitió culminar su nombramiento y posesión; razón por la que promovieron amparo constitucional para evitar la eventual destitución de sus cargos, al haber sido notificadas el 16 y 18 de octubre de 2002 con memorandos de agradecimiento de servicios, logrando como efecto de la resolución del Tribunal de amparo, su restitución por memorandos emitidos el 6 de noviembre de 2002; sin embargo, al ser revocada la determinación judicial por SC 0083/2003-R de 22 de enero del 2003, nuevamente se expidió en su contra, los memorandos de agradecimientos de servicios Nos. 006075 y 006076, suscritos por el Director del SEDES, ahora recurrido, que son los actos ilegales y arbitrarios objeto del presente recurso de amparo constitucional.

Por el constante atropello a la dignidad profesional, el Consejo Departamental del Colegio de Odontólogos de Cochabamba, emitió una resolución de apoyo en su favor, presentada ante el Director del SEDES Cochabamba, junto a una solicitud de reconsideración de las respuestas brindadas a sus reclamos; remitiendo copias  a diferentes instituciones y específicamente al Consejo Técnico del SEDES, solicitando a éste, revise sus propias competencias y ordene la nulidad de la Resolución Administrativa (RA) 145/02 de 17 de octubre de 2002, por la que se había determinado la nulidad de la convocatoria de concurso de méritos y examen de competencia donde participaron y ganaron los cargos aludidos, porque dicha RA, fue emitida cuatro días antes de haber sido aprobada en la reunión de dicho Consejo efectuada el 21 de octubre de 2002.