Tipo de documentos
Sentencias
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2003-R
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2003-R
AUTO CONSTITUCIONAL 023/2003-CA
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 57/2003 - R
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2003-R
AUTO CONSTITUCIONAL 020/2003-CA
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 54/2003 - R
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0062/2003- R
AUTO CONSTITUCIONAL 021/2003-CA
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2003-R
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2003-R
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2003-R
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0060/2003-R
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2003-R
Que fueron contratados a plazo fijo hasta el 31 de diciembre de 2002 por los ex Prefectos Javier Gutiérrez y José Orías, estableciéndose en los contratos 0340/02, 0307/02 y 0069/02 las causales de resolución y destitución; empero, el recurrido por me
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2003-R
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2003-R
AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2003-ECA
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 58/2003 - R
Que conforme consta en el acta de intervención COASUR/431/2002, elaborada el 25 de octubre de 2002 a hrs. 18:00, el hijo de la recurrente fue requerido a hrs. 16:15 de la misma fecha para que presente la documentación del vehículo que conducía por la
Que, el “usurpador Tribunal Disciplinario” ha pronunciado la Resolución 22/2002 (de 16 de agosto), por la que se dispone el traslado del lugar de trabajo del recurrente a otro Distrito y descenso a cargo inferior, ilegal Resolución amparada en el art
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2003-R
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2003-R
En revisión la Resolución 58/2002, de 06 de noviembre, cursante a fs. 244-245, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2003-R
Por otra parte, hizo notar que tanto en la reposición del expediente extraviado como en el procedimiento relativo al juicio en sí, no se cometió ningún error ni transgredió ninguna disposición legal, aclarando que no se corrió en traslado por cuanto
El abogado de la recurrente ratificó el tenor de la demanda, añadiendo que a raíz de los problemas con relación al puesto de venta 1, la Secretaría de Industria y Comercio levantó un proceso administrativo, y por Resolución 094/02 de 31 de marzo d
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0069/2004- R
AUTO CONSTITUCIONAL 015/2003-CA
AUTO CONSTITUCIONAL 018/2003-CA