SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1618/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1618/2004-R

Fecha: 11-Oct-2004

b)

b) Que la limitación procesal por la que se niega la concesión del recurso, es decir no estar contemplado en el art. 262.3 del CPC, no es evidente habida cuenta que el mencionado Auto pone fin al litigio, existiendo de por medio una aparente contradicción y un probable estado de indefensión ya que se concedió el recurso de casación conforme al art. 260 del CPC y se lo declaró desierto por no haberse proporcionado los recaudos necesarios en el plazo aplicando otra disposición legal, como es el art. 212 del CPT.