SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1618/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1618/2004-R

Fecha: 11-Oct-2004

III.5.

III.5. De todo lo referido se concluye que el recurso de compulsa declarado legal por los ministros recurridos, violó sin lugar a dudas los derechos a la seguridad jurídica, a la garantía del debido proceso y al derecho a la igualdad del representado del actor, derecho a la igualdad que, como lo ha entendido la jurisprudencia de este Tribunal, está consagrado en el art. 6.I de la CPE, y tiene “…su proyección en el orden procesal. Es así que de él surge un derecho subjetivo de los litigantes a obtener un trato igual en supuestos similares. Esto implica que los órganos jurisdiccionales están obligados a resolver bajo la misma óptica los casos que planteen la misma problemática.  Para apartarse de sus decisiones; esto es, del entendimiento jurisprudencial sentado, tienen que ofrecer una fundamentación objetiva y razonable” (SC 493/2004-R, de 31 de marzo).