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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1780/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1780/2004-R

    Fecha: 16-Nov-2004

    Consejo de la Orden

    El Consejo de la Orden de acuerdo al art. 21 del Estatuto, es el órgano legislador deliberante, consultivo, fiscalizador y coordinador, que se encarga de velar por el cumplimiento de las resoluciones de la Asamblea, mantener la pureza de los principios de la Masonería y controlar la adecuada y eficiente administración del  patrimonio de la Gran Logia de Bolivia.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • procedente
    • Auto de 29 de abril de 2004
    • II.2.
    • II.4.
    • III.1.
    • el estatuto
    • Conforme al art. 61 del CC “Toda modificación de los estatutos se tramitará conforme a  los artículos 58 y siguientes”
    • III.2.
    • Asamblea de la Gran Logia de Bolivia
    • Gran Maestro
    • Consejo de la Orden
    • Tribunales de la Orden
    • III.3.
    • por analogía
    • se ha instaurado un proceso al interior de la Gran Logia de Bolivia contra el recurrente,
    • el no haber utilizado dicho recurso e interpuesto en forma directa el amparo constitucional, determina la improcedencia de este último,
    • ello no significa de ningún modo que la persona no pueda acudir al amparo constitucional, en caso de evidenciar lesión a los derechos y garantías fundamentales,
    • III.4.

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