SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1780/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1780/2004-R

Fecha: 16-Nov-2004

II.4.

II.4.  A través de la nota  de 19 de mayo (fs. 1), entregada el 21 de ese mes, el Gran Maestro hoy recurrido, en respuesta al memorial que el actor presentó  en 12 de abril -que no figura en el cuaderno procesal- le remitió la  carta de 19 de mayo (fs. 2 y 3), firmada por Franz Rojas Aguilar, como Presidente del Tribunal de Honor, en la que  señala que al admitir la querella contra el recurrente, por decisión unánime, ordenó la suspensión temporal de los querellados, “aplicando por analogía el inc. 3) del art. 29 del Reglamento de Procedimientos Penales de la Orden”, remarcando que dichas suspensiones han sido ordenadas por ese Tribunal en uso de sus atribuciones, por lo que el Gran Maestro con su decreto D-83-2004, “simplemente le dio publicidad”, y que lo que corresponde es acudir en revocatoria a dicho Tribunal.