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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1782/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1782/2004-R

    Fecha: 16-Nov-2004

    III.1.

    III.1. El amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las Leyes, siempre que no exista otro recurso o vía legal para demandar el respeto de tales derechos. 

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • procedente
    • I.3.  Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • Fragmento 14
    • II.10.
    • III.1.
    • III.2.
    • a partir del 9 de mayo de 2003, dejó de asistir injustificadamente a las sesiones ordinarias,
    • las únicas dos concejalas habilitadas legalmente, Sinforosa Tiñini y Victoria Rosa Fernández,
    • si bien
    • inasistencia durante más de diez meses,
    • que fue quien propició esa situación -se reitera- con su inasistencia injustificada durante más de diez meses.
    • III.3.
    • no ha demostrado la existencia de una Resolución Municipal suscrita por el recurrido en la que se hubiere dispuesto tal suspensión,
    • la existencia del acto lesivo,
    • III.4.

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