SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0141/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0141/2004

Fecha: 17-Dic-2004

II.2.

        “Artículo 1.- Se establece la obligatoriedad para el sector privado, de negociar el incremento salarial para los trabajadores que prestan servicios en el mismo, sobre la base del tres por ciento (3%), en los marcos establecidos por la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario y en un plazo de cuarenta y cinco (45) días a partir de la promulgación de la presente Resolución  Ministerial, plazo dentro del cual las empresas deberán registrar  los respectivos convenios salariales.

        Artículo 2.- En las empresas en que no exista el número requerido de trabajadores para la conformación de un sindicato, elegirán sus delegados a efectos de la negociación establecida en el presente Decreto Supremo gozando mientras dure la misma de los derechos y garantías establecidas por la Constitución Política del Estado y demás normas que rigen la materia.