SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1907/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1907/2004-R

Fecha: 14-Dic-2004

III.6.

III.6. Finalmente, es necesario reiterar que el recurso de hábeas corpus, establecido en el art. 18 de la CPE ha sido instituido para proteger y garantizar la libertad por ser un derecho fundamental de la persona, cuando ésta creyere estar arbitraria, indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada o presa, por lo que no corresponde analizar los otros derechos denunciados de vulnerados, como el derecho a la seguridad jurídica y otros.