SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2004

Fecha: 27-Feb-2004

II.9.

II.9.   El 4 de agosto de 2003, la parte ejecutante, argumentando que vencido el plazo estipulado en las normas previstas por el art. 495 CPC, para la presentación de recibos por parte de los ejecutados que acrediten haberse extinguido la obligación y toda vez que se vencieron nuevos plazos y cuotas que acrecientan la deuda, ante la ausencia de postores para la tercera subasta y remate, solicitaron la adjudicación del inmueble subastado por compensación a la deuda, en aplicación de los arts. 542.II CPC modificado, la Ley 2297 de 20 de diciembre de 2001 modificatorio del art. 42 de la Ley 1760 (fs. 482-483). A esta petición, los recurrentes se opusieron alegando la suspensión de la jurisdicción y el fenecimiento del juicio con los mismos fundamentos del presente recurso (fs. 514-517).