SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0421/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0421/2004-R

Fecha: 23-Mar-2004

II.2.

II.2.   Por Auto de 2 de agosto de 2002, el Juez Primero de Partido en lo Civil (recurrido) dispuso el desapoderamiento del inmueble rematado y adjudicado a favor del recurrente, rechazando la solicitud de negativa de entrega presentada por Celia Estrada Vda. de Valdez, quien se encontraba poseyendo el inmueble (fs.2), ordenando nuevamente en 19 de noviembre de 2002 se libre mandamiento de desapoderamiento (fs.3). Apelados que fueron los referidos Autos, la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, los confirmó mediante Auto de 24 de mayo de 2003 (fs. 4). El 13 de agosto de 2003 se libró el mandamiento de desapoderamiento, el mismo que fue ejecutado el 20 del mismo mes y año (fs. 5-7).

II.2.   Por Auto de 2 de agosto de 2002, el Juez Primero de Partido en lo Civil (recurrido) dispuso el desapoderamiento del inmueble rematado y adjudicado a favor del recurrente, rechazando la solicitud de negativa de entrega presentada por Celia Estrada Vda. de Valdez, quien se encontraba poseyendo el inmueble (fs.2), ordenando nuevamente en 19 de noviembre de 2002 se libre mandamiento de desapoderamiento (fs.3). Apelados que fueron los referidos Autos, la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, los confirmó mediante Auto de 24 de mayo de 2003 (fs. 4). El 13 de agosto de 2003 se libró el mandamiento de desapoderamiento, el mismo que fue ejecutado el 20 del mismo mes y año (fs. 5-7).