SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0421/2004-R
Fecha: 23-Mar-2004
II.3.
II.3. El 10 de septiembre de 2003 Celia Estrada Vda. de Valdez, como consecuencia del mandamiento de desapoderamiento interpuso recurso de amparo constitucional contra Alfredo Cabrera Camacho, Juez Primero de Partido en lo Civil (recurrido), Severino Aguilar Rojas, Sub-Registrador de Derechos Reales de Sacaba, Ángel Montero Montecinos y Renán Jiménez Sempértegui, vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Cochabamba, declarando la Corte de amparo, mediante Resolución 41/2003, de 13 de noviembre, procedente en parte el recurso disponiendo quede en suspenso el mandamiento de desapoderamiento en tanto se resuelva el juicio ordinario de nulidad de escritura pública y se determine el derecho propietario del inmueble en litigio, e improcedente en cuanto a la solicitud de restitución del derecho propietario y a la nulidad del Auto de 5 de febrero de 2001 y del Auto dictado por la Sala Civil (fs. 16).
II.3. El 10 de septiembre de 2003 Celia Estrada Vda. de Valdez, como consecuencia del mandamiento de desapoderamiento interpuso recurso de amparo constitucional contra Alfredo Cabrera Camacho, Juez Primero de Partido en lo Civil (recurrido), Severino Aguilar Rojas, Sub-Registrador de Derechos Reales de Sacaba, Ángel Montero Montecinos y Renán Jiménez Sempértegui, vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Cochabamba, declarando la Corte de amparo, mediante Resolución 41/2003, de 13 de noviembre, procedente en parte el recurso disponiendo quede en suspenso el mandamiento de desapoderamiento en tanto se resuelva el juicio ordinario de nulidad de escritura pública y se determine el derecho propietario del inmueble en litigio, e improcedente en cuanto a la solicitud de restitución del derecho propietario y a la nulidad del Auto de 5 de febrero de 2001 y del Auto dictado por la Sala Civil (fs. 16).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando se declara la procedencia de un amparo constitucional
- , cuando el amparo es declarado improcedente
- III.2.
- los actos realizados en cumplimiento de la Sentencia del Juez o Tribunal de amparo quedan sin efecto y en consecuencia
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4.
- Fragmento 20
- Fragmento 21