SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0058/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0058/2004

Fecha: 24-Jun-2004

III.6.

III.6.  De lo expuesto este Tribunal Constitucional concluye que el DS 26466 de 22 de diciembre de 2001, impugnado mediante el presente recurso, es incompatible con las normas previstas por los arts. 6.I, 16, 96.1ª, y 116.III de la Constitución, por lo que corresponde declarar su inconstitucionalidad con los efectos previstos por el art. 58.II de la Ley 1836 (LTC), por lo que será retirado del ordenamiento jurídico vigente.

            Tomando en cuenta lo referido, que en apariencia podría generar un vacío normativo con relación a un problema latente expresado en la parte considerativa (fundamentación de motivos) del Decreto Supremo impugnado, así como en los alegatos formulados por el titular del órgano emisor de la norma impugnada, en el sentido de que se habría producido un elevado y considerable número de modificaciones o rectificaciones de los datos referidos a la fecha de nacimiento, según afirma el órgano emisor, mediante actos fraudulentos e ilegales; este Tribunal Constitucional se ve obligado a modular los efectos de su decisión, en el marco del principio de la interpretación previsora que se constituye en una de las cualidades de la jurisdicción constitucional y que ya fue empleado en la SC 082/2000, de 14 de noviembre (FJ: IV.5 y IV.6).