SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
II.6.2.
II.6.2. Concluida la audiencia, el recurrido, dictó la Resolución 146/2004, en la que, luego de realizar las consideraciones de hecho y de derecho, llegó a la conclusión que procedía la detención preventiva; empero, también consideró la viabilidad de imponer medidas sustitutivas, entre ellas, la fianza económica, por lo que con este último criterio en la parte resolutiva, dispuso la detención preventiva dando aplicación a los arts. 233, 234, 235 y 240 del CPP, a cuyo efecto ordenó se emita el mandamiento de detención preventiva por un lado, por otro le impuso fianza económica en la suma de $US20.000.-; arraigo y presentación ante la Fiscal, las cuales aclaró debían cumplirse hasta el día siguiente, y de no ser así, se revocaría su libertad (fs. 34-36).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- (fs. 49 a 50)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.1.
- II.6.2.
- III.1.1.
- III.1.2.
- III.1.3.
- III.1.4.
- III.2.
- III.3.
- una evaluación integral de las circunstancias existentes
- SC 294/2003-R de 10 de marzo,
- SC 294/2003-R
- III.4.
- APRUEBA