SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2004-R

Fecha: 08-Jun-2004

III.1.4.

III.1.4. También este Tribunal, de manera uniforme ha establecido que no tiene competencia o atribución para determinar en cuanto a la autoría o no de un imputado, como también para establecer la concurrencia de los elementos constitutivos de un tipo penal, pues esta tarea es exclusiva de los jueces ordinarios en materia penal, de manera que no se puede ingresar al análisis de pruebas, con el fin de dilucidar si la conducta del imputado es punible o no, y si lo es, si es autor o no, pues esto está fuera de las atribuciones que le han sido asignadas por la Constitución y la Ley que rige sus funciones.