SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1015/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1015/2004-R

Fecha: 02-Jul-2004

III.1

III.1   Previamente cabe destacar  que  la jurisprudencia constitucional ha señalado  que:  en los casos  en que un recurso planteado con anterioridad  ha sido declarado improcedente por falta de legitimación pasiva, ello  no impide que se pueda interponer un nuevo recurso, al no darse el supuesto de identidad de objeto, sujeto y causa. En ese sentido se tienen las SSCC 724/2003-R 726/2003-R, 794/2003-R y 432/04-R. En el caso de autos, si bien se  presentó un anterior recurso que fue declarado improcedente por falta de legitimación pasiva, al no haberse incluido en él a la ex- Vocal Martha Rojas Álvarez,  no es menos evidente que la presente demanda  ha sido  interpuesta contra los dos Vocales de la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Cochabamba, Eduardo Guamán Prado y  Martha Rojas Álvarez, lo que hace la diferencia con el primero, por consiguiente  al no existir una  íntegra  identidad de  sujetos,  no se presenta  óbice alguno para  su prosecución, máxime si se considera que en el anterior  no se ingresó a analizar el fondo de la problemática.