SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1021/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1021/2004-R

Fecha: 02-Jul-2004

II.9.

II.9.              Según “Acta de Ejecución Extrajudicial” terminada el 16 de julio de 2003 (fs. 40 a 48), por ante Notario José-Miguel García Lombardia en Madrid, se procedió a la ejecución de las prendas previstas en los Puntos II.2.1 y II.2.2, las que se adjudicaron a Luis Gutiérrez Blanco (fs. 47 vta.) en virtud a una cesión de derecho de crédito suscrita entre el indicado y “PRISA” el 14 del mismo mes y año, en cuyo contrato en la cláusula octava (“Ley aplicable y Jurisdicción”) se establece que el contrato se regirá por la Ley Española renunciando las partes a cualquier fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, sometiéndose expresa e irrevocablemente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid. En este contrato tampoco intervino “Atlantis Investments Group S.A.” (fs. 108 vta a 111).